En AMBIENTALES

El Estado de Chile es poseedor de 14,2 millones de hectáreas de áreas protegidas: un 20% del territorio nacional. Pero, no solamente se trata de parques y montañas, ya que desde el año pasado se suman el Parque Marino Nazca-Desventuradas (297 mil 518 kilómetros cuadrados) en las islas San Ambrosio y San Félix y el archipiélago de Juan Fernández. Además, se proyecta la creación de un área marina protegida en Rapa Nui.

Pero, a la iniciativa fiscal le faltaba sumar un cuerpo legal que apoyara la iniciativa privada. La espera demoró ocho años y ayer finalmente, la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, promulgó la ley que establece el Derecho Real de Conservación Medioambiental, en una breve ceremonia que se realizó en los patios de la Gobernación Provincial de Valdivia.

El acto contó con la presencia del presidente de la Cámara de Diputados, Osvaldo Andrade; el ministro de Medio Ambiente, Pablo Badenier; el intendente de Los Ríos, Egon Montecinos; los senadores Alfonso de Urresti y Ena von Baer, el presidente del Tercer Tribunal Ambiental, Michael Hantke; el presidente del Consejo Regional, Miguel Meza; el gobernador de la provincia de la provincia del Ranco, Luis Sergio Gallardo y el rector de la UACh, Oscar Galindo, además de dirigentes de organizaciones ambientales, sociales y vecinales.

La ley comenzó su tramitación legislativa en 2008, como una iniciativa de parlamentarios de todas las bancadas: Patricio Vallespín, Alberto Robles, Eugenio Bauer, Edmundo Eluchans,Juan Lobos, Roberto Sepúlveda, Carlos Montes, Jorge Burgos y Carolina Tohá. A ellos se sumó después el senador Alfonso de Urresti.

Además, se contó con el trabajo activo de organizaciones no gubernamentales dedicadas a la conservación, como fue el caso de The Nature Conservancy (NTC), el Centro de Derecho de Conservación y Así Conserva Chile.

En su discurso, la Presidenta Bachelet explicó que la promulgación que se realizó en Valdivia no fue “por casualidad”, si no porque “es un paso decisivo para cuidar la flora y fauna” de la región.

A su vez, el ministro Pablo Badenier especificó que otras razones que llevaron a promulgar la ley en Valdivia fueron la presencia de ONGs que impulsaron la normativa y además el trabajo del senador Alfonso de Urresti, cuando fue presidente de la comisión de Constitución de la Cámara Alta.

LA LEY

Bachelet explicó que la ley establece que los dueños de terrenos que estén interesados en la protección ambiental de sus predios “podrán traspasar a personas o instituciones el derecho de conservar el patrimonio, sin que implique la pérdida de la propiedad”.

Agregó que “ese derecho queda plasmado en un contrato entre el dueño y quien se haga cargo de la conservación. En esa escritura acuerdan las restricciones o prohibiciones de actividades productivas o la contratación de servicios que faciliten la preservación, o realizar un plan de manejo para proteger los recursos naturales ya existentes. Como país, estamos dotándonos de una nueva herramienta para que el cuidado de nuestros recursos naturales sea tarea compartida. Con esta ley se cuenta con un nuevo mecanismo que permite materializar la voluntad de conservación de particulares y de organizaciones de defensa del medio ambiente”.

“Se trata de una herramienta que incentiva y permite formalizar iniciativas de conservación privada, complementando así el rol del Estado en la protección de nuestro patrimonio natural”, como señaló el ministro Pablo Badenier.

El Derecho Real de Conservación puede constituirse por el tiempo que estime el propietario, ya sea con un plazo acotado o indefinido; es transferible, transmisible, inembargable, indivisible e inseparable de la parte del inmueble o de la parte de él que se grava.

SENADOR

Para el senador Alfonso de Urresti, cuya participación en la promulgación de la ley fue destacada por la Presidenta y el ministro, fue destacable el hecho de que la ley se haya promulgado en Valdivia y señaló que se trata de “un tremendo instrumento jurídico para valorar e incorporar el componente medioambiental en la propiedad. Es un paso que coloca a Chile en la vanguardia internacional en este tipo de legislación”.

El parlamentario agregó que “es un muy buen proyecto” y que existe la posibilidad clara de que la Reserva Costera Valdiviana, a través de TNC (The Nature Conservancy) constituya el primer Derecho Real de Conservación, a través de contactos ya realizados por el ministro Badenier. Anunció además que a fines de año se desarrollará un seminario con la Facultad de Derecho de la Universidad Austral, para explicar los alcances de la nueva ley a notarios, conservadores, abogados, propietarios y comunidades.

Petición de Servicio Nacional Forestal

Durante la presencia de la Presidenta en Valdivia, le fue entregada una carta en la cual parlamentarios, académicos, representantes de organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil le manifiestan su apoyo al proyecto de ley que crea el Servicio Nacional Forestal. Los firmantes indicaron que su petición se basa en la importancia del actual modelo forestal chileno “y sus impactos en las comunidades y el medio ambiente”, como por ejemplo sobre “comunidades, territorios. recursos hídricos y ecosistemas nativos y endémicos que la expansión intensiva de las plantaciones forestales de especies exóticas genera en distintas zonas del país”.

JÓVENES PROTESTARON POR EDUCACIÓN

También en el marco de la visita a valdivia de la Presudenya Bachelet, cerca de 50 estudiantes, tras tomarse las oficinas dela seres la de Educación, realizaron una manifestación en la intersección del paseo Libertad con calle Yungay, para rechazar el proyecto de ley sobre reforma a la educación superior impulsado por el Gobierno. Se registró algunos cortes breves del flujo vehicular.

LOS EFECTOS

La ley señala que en el contrato constitutivo se establecerán los gravámenes al inmueble que tendrán como finalidad la conservación del patrimonio ambiental. Para tal efecto, las partes deberán acordar al menos una de las siguientes prohibiciones, restricciones u obligaciones:

Restricción o prohibición de destinar el inmueble a uno o más determinados fines inmobiliarios, comerciales, turísticos, industriales, de explotación agrícola, forestales o de otro tipo.

Obligación de hacerse cargo o de contratar servicios para la mantención, limpieza, descontaminación, reparación, resguardo, administración o uso y aprovechamiento racionales del bien raíz.

Obligación de ejecutar o supervisar un plan de manejo acordado en el contrato constitutivo, con miras al uso y aprovechamiento racionales de los recursos naturales del inmueble gravado, dentro del marco de un uso sostenible de mismos.

Juan Carlos Hernández G.

 

Fuente: Austral de Valdivia

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