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El viernes 4 de mayo, representantes de CODEFF participaron en el taller “Clasificación de Aves según Estado de Conservación de Aves en Chile” convocado por la División de recursos naturales y biodiversidad del Ministerio Medio Ambiente y la Red de Observadores de Aves y Vida Silvestre de Chile (ROC), con el fin de dar a conocer el estado de conservación de especies en Chile y presentar el procedimiento nacional establecido por el Reglamento para la Clasificación de Especies según Estado de Conservación.

La jornada se realizó en el Ministerio de Medio Ambiente y  asistieron más de 30 personas pertenecientes a distintas organizaciones dedicadas a la conservación y fue inaugurada por Juan José Donoso, Jefe División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente, y Rodrigo Barros, presidente de la ROC. En el taller se dieron a conocer antecedentes de la situación nacional de especies y se conversó sobre los criterios a considerar para el nuevo proceso de consulta para la clasificación de otras especies bajo el nuevo reglamento.

Un nuevo reglamento nacional para la clasificación de especies

El primer Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres (RCE) fue promulgado en abril de 2004 (Decreto Supremo N° 75 de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia) y estableció las disposiciones para la clasificación de especies de flora y fauna silvestres en las distintas categorías de conservación de la época. Posteriormente, un nuevo reglamento fue publicado en abril de 2012 (Decreto Supremo N° 29 de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente), derogándose de ese modo el anterior reglamento y estableciéndose el procedimiento actualmente vigente.

El procedimiento está bajo la supervisión y coordinación del Ministerio del Medio Ambiente y para efectuar la evaluación de las especies opera un Comité de Clasificación conformado por 15 representantes de diferentes instituciones: Ministerio del Medio Ambiente (MMA), Corporación Nacional Forestal (CONAF), Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), Museo Nacional de Historia Natural (MNHN), tres expertos de la Academia Chilena de Ciencias, tres expertos propuestos por las Universidades Chilenas y un experto de tres sectores: forestal, agro y pesquero.

Para la clasificación de las distintas especies se emplean las categorías y los criterios definidos por la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN). Sin embargo, respecto de algunas especies acuáticas, algunos invertebrados y otras para las que dichos criterios no sean posibles de aplicar, el Comité de Clasificación puede adoptar normas específicas, previa consulta de al menos un experto en dicho grupo.

En el marco de este reglamento nacional, se realizan procesos de clasificación todos los años, en cada uno de los cuales se clasifica una determinada nómina de especies, generada a partir de las sugerencias de la ciudadanía y de estudios previos realizados. Son tres instancias de participación ciudadana, la primera de ellas para sugerir especies al proceso, la segunda para la entrega de antecedentes y la tercera y última para opinar respecto de los resultados preliminares de la clasificación efectuada por el Comité.

Los resultados de este procedimiento prevalecen por sobre cualquier otro estado de conservación asignado previamente a tal especie. Y de igual modo, para las especies aún no evaluadas por este procedimiento sigue siendo válido el estado de conservación asignado previamente, por el reglamento de Ley de Caza.

“El Reglamento para la Clasificación de Especies según Estado de Conservación (RCE) reconoce la validez de los procedimientos y resultados anteriores para las especies allí evaluadas mientras éstas no sean clasificadas por el mismo. Esto significa que una vez clasificada una especie por el RCE, la categoría asignada a dicha especie es la oficialmente válida para el país”.

Según una modificación realizada el 26 de enero del 2010, las nuevas categorías usadas en Chile corresponden a: Extinta (EX), Extinta en Estado Silvestre (EW), En Peligro Crítico (CR), En Peligro (EN), Vulnerable (VU), Casi Amenazada (NT) y Preocupación Menor (LC). Además, las especies que no puedan ser clasificadas por ausencia de información, son calificadas en la categoría Datos Insuficientes (DD).

Los Extintos y Extintos en Estado Silvestre se definen por la falta de datos de la especie en su territorio conocido.

La misma UICN también establece naturaleza de los criterios, representados con las letras A (Reducción poblacional), B (Distribución geográfica restringida), C (tamaño poblacional- pequeño o declinación), D (población muy pequeña y restringida) y E (análisis cuantitativo).

Para CODEFF este taller es un gran aporte en nutrir las listas de especies que falta por clasificar y acercan a las organizaciones que trabajan en conservación a cooperar en establecer criterios comunes, y estuvo representado por su presidenta Ximena Salinas y el equipo técnico del proyecto ATF-Chile liderado por Cristian Suazo, y Luis Cabezas con Monserrat Vanerio del área de asesorías; quienes se harán parte del proceso de presentación de especies al entregar información sobre albatros de cabeza gris, albatros salvin y fardela negra respectivamente.

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